Sus preguntas, nuestras respuestas

Encuentre aquí toda la información útil para el caso de acontecimientos especiales. No dude en ponerse en contacto con nosotros si necesita más información.

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¿Para quién?

¿Para qué?

En caso de enfermedad o accidente no profesional sin seguro de su emplead@ y cuando la relación laboral haya durado más de 3 meses o se haya establecido por una duración superior a 3 meses, el/la empleador·a está obligad@ a pagar al/a la emplead@ su salario al 100% durante un periodo limitado.

Duración del pago según la antigüedad:

  • 1er año (tras 3 meses): 3 semanas de salario
  • 2º año: 1 mes de salario
  • 3º - 4º año: 2 meses de salario
  • 5º - 9º año: 3 meses de salario
  • 10º - 14º año: 4 meses de salario
  • 15º - 19º año: 5 meses de salario

El derecho al mantenimiento del salario se calcula por año de servicio, cada año da derecho a un nuevo crédito. Estos periodos de incapacidad, si ocurren durante el mismo año de servicio, se acumulan sin generar nuevos derechos. A cada aniversario del contrato del/de la emplead@, la escala de Berna se reinicia.

Importante

  • Esta escala es un mínimo legal. Un seguro de pérdidas gananciales o un contrato de trabajo pueden prever condiciones más favorables.
  • En la economía doméstica, para poder aplicar la escala de Berna, debe mencionarse por escrito, idealmente en el contrato de trabajo.

Su empleador·a no está obligad@ a pagarle el salario si no puede trabajar por una razón vinculada a factores externos (excepto enfermedad, accidente u obligaciones legales), por ejemplo un retraso importante del transporte. (cf. art. 324a CO, a contrario)

Le invitamos a hablar con su empleador·a para ver si es posible recuperar las horas perdidas o desplazar la jornada de trabajo. En los contratos pagados por hora, solo se remunerarán las horas efectivamente trabajadas.

Sus haberes LPP deben agruparse en una sola cuenta para facilitar el cálculo al momento de la jubilación. La caja de pensiones de su anterior empleador·a le enviará un formulario que le permitirá transferir su haber a:

  • la caja de pensiones de su nuev@ empleador·a, siempre que tenga un nuevo empleo
  • una cuenta de “libre passage”, si no tiene un nuevo empleo en un plazo de 6 meses

Importante :

  • No es necesario realizar una transferencia de haberes si su anterior empleador·a ya lo declaraba a través de Chèque service

La LPP (Ley sobre la Previsión Profesional) es el segundo pilar de previsión en Suiza que complementa el AVS. Protege a su emplead@ en caso de vejez (jubilación), fallecimiento o invalidez. 

Su emplead@ está sujeto·a a la LPP si su salario bruto anualizado supera CHF 22'680 por contrato. La cotización es visible en la hoja de salario.

Importante :

  • La afiliación se calcula por contrato 
  • Las cotizaciones suelen compartirse entre usted y su emplead@
  • Si se alcanza el umbral, la LPP se aplica desde el inicio del año y de forma retroactiva si es necesario; en ese caso, puede reclamar su parte de la cotización
  • Si su emplead@ está afiliado·a al inicio del año o del contrato, permanece asegurado·a hasta el final del año civil o del contrato

La creación de su cuenta de empleado solo está disponible si un/a empleador·a declara un contrato a través de Chèque service. 

Su empleador·a puede enviarle un código de acceso o puede contactar a Chèque service para obtener sus códigos de acceso.

  • Active su cuenta en línea aquí

Importante :

  • No puede crear una cuenta sin un contrato de trabajo declarado

Chèque service está reservado a particulares que emplean personal doméstico en el Cantón de Ginebra.

Tipos de empleo incluidos (lista no exhaustiva, consulte el CTT para más detalles)

  • Empleados·as del hogar
  • Personal de cuidado (niños, personas mayores)
  • Jardineros·as

Importante: no accesible para empresas y asociaciones, que deben dirigirse a la Oficina Cantonal de Seguros Sociales (OCAS).


Este trámite debe realizarse ante la Oficina Cantonal de la Población y Migraciones (OCPM), Route de Chancy 88, 1213 Onex.

Muchas asociaciones también ofrecen información y apoyo: 

Atención médica: Consultation ambulatoire

Importante:

  • Este trámite es independiente de Chèque service.

Los seguros sociales son esenciales para proteger a su emplead@ y a usted mismo. 

  • Protección en caso de accidente: su emplead@ está cubiert@ si ocurre un accidente durante el trabajo o el trayecto. Los cuidados médicos y la pérdida de ganancias están cubiertos.
  • Seguridad a largo plazo: las cotizaciones AVS/AI permiten a su emplead@ construir su jubilación y estar protegid@ en caso de invalidez.
  • Cobertura por desempleo: si debe reducir sus horas o finalizar el contrato, su emplead@ se beneficia de una protección financiera.
  • Obligación legal: debe cumplir con la ley y declarar a tod@ emplead@ que contrate.

Chèque service se encarga de todos los trámites administrativos relacionados con estos seguros para usted.

Para que podamos modificar su apellido en nuestra base de datos, envíenos una copia de su extracto de estado civil, que debe especificar su antiguo y nuevo apellido.

Importante : el extracto de estado civil es el único documento aceptado para este cambio.

Usted no está obligad@ a pagar el salario si su emplead@ no puede trabajar por motivos ajenos a su voluntad (salvo enfermedad, accidente u obligaciones legales), como por ejemplo un retraso importante del transporte. (cf. art. 324a CO, a contrario)

Le recomendamos que hable con su emplead@ y vean, si es posible, que las horas perdidas sean recuperadas o que la jornada de trabajo sea desplazada a otro momento. En el caso de los contratos pagados por hora, solo las horas efectivamente trabajadas deberán pagarse.

El empleador·a debe velar por la seguridad de sus emplead@s. Si las manifestaciones o las carreteras bloqueadas hacen que el trayecto sea peligroso o muy difícil, es importante actuar con sentido común y encontrar una solución adecuada a la situación.

Cuando el/la emplead@ no puede acudir al trabajo por razones independientes de su voluntad, ambas partes pueden acordar recuperar las horas de trabajo o realizarlas otro día, siempre que sea posible.

– Si normalmente se le paga el tiempo de desplazamiento: Sí. Su empleador·a también debe pagar el tiempo adicional causado por las perturbaciones.

– Si normalmente no se le paga el tiempo de desplazamiento: No. El tiempo de trayecto más largo no corre a cargo de su empleador·a.

No, el seguro de pérdidas ganancias por enfermedad (APGM), es decir, Helsana, solo paga indemnizaciones diarias a partir del día 31 de enfermedad para compensar su pérdida de salario durante la incapacidad laboral. 

Los gastos médicos deben ser enviados a su seguro médico privado. No están cubiertos por el asegurador de pérdida de ganancias Helsana.

No, su emplead@ no será reemplazad@; le corresponde a usted contratar a alguien si es necesario.

Si contrata a un@ reemplazante, deberá enviarnos un nuevo formulario de inscripción acompañado de una copia de su tarjeta AVS o de un documento de identidad válido.

Importante : El/la reemplazante debe ser declarad@ como cualquier otr@ emplead@. ¡No acepte un@ reemplazante no declarad@!

Una cuenta en línea de Chèque service le permite:

  • Declarar los salarios en cualquier momento
  • Pedir a su emplead@ que registre sus horas de trabajo
  • Acceder a los distintos documentos (fichas de salario, certificados anuales de salario, cálculos y resúmenes de cargas)
  • Consultar su saldo
  • Generar una factura para el reaprovisionamiento
  • Seguir sus pagos
  • Elegir los modos de comunicación (papel o electrónico)
  • Comunicarse con Chèque service mediante un sistema de tickets


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