
Sus preguntas, nuestras respuestas
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Debe informar a su empleador·a de su ausencia lo antes posible.
Tiene derecho al salario siempre que la ausencia se deba a una enfermedad. Su empleador·a puede exigir una prueba mediante un certificado médico emitido por un médico. En general, esta exigencia se solicita a partir del tercer día de ausencia.
En caso de una ausencia de más de tres días consecutivos, su empleador·a puede solicitar una copia del certificado médico, que también deberá enviar a Chèque service.
Su salario debe serle pagado durante la ausencia según tenga o no un seguro de pérdidas de ganancias por enfermedad (APGM). Para más detalles, puede contactar Chèque service.
Debe respetarse un período de preaviso entre el anuncio y la finalización efectiva del contrato.
Los plazos legales varían según la duración del empleo:
Durante el período de prueba, es decir, durante el primer mes, el plazo de preaviso es de 7 días.
Después del período de prueba
- 1er año: 1 mes de preaviso para el final de un mes
- 2º a 9º año: 2 meses de preaviso para el final de un mes
- Desde el 10º año: 3 meses de preaviso para el final de un mes
Los plazos son idénticos para despidos y renuncias.
Reglas importantes
- La notificación debe hacerse por escrito; no puede ser implícita
- Informar rápidamente a Chèque service mediante el formulario de rescisión
En caso de enfermedad o accidente no profesional sin seguro y cuando la relación laboral haya durado más de 3 meses o se haya establecido por una duración superior a 3 meses, el/la empleador·a está obligad@ a pagar al/a la emplead@ su salario al 100% durante un periodo limitado.
Duración del pago según la antigüedad:
- 1er año (tras 3 meses): 3 semanas de salario
- 2º año: 1 mes de salario
- 3º - 4º año: 2 meses de salario
- 5º - 9º año: 3 meses de salario
- 10º - 14º año: 4 meses de salario
- 15º - 19º año: 5 meses de salario
El derecho al mantenimiento del salario se calcula por año de servicio, cada año da derecho a un nuevo crédito. Estos periodos de incapacidad, si ocurren durante el mismo año de servicio, se acumulan sin generar nuevos derechos. A cada aniversario del contrato del/de la emplead@, la escala de Berna se reinicia.
Importante: Esta escala es un mínimo legal. Un seguro de pérdidas gananciales o un contrato de trabajo pueden prever condiciones más favorables.
No, su emplead@ está protegid@ contra el despido durante su baja por enfermedad.
La duración de la protección depende de la antigüedad del emplead@
- 1er año: 1 mes
- Del 2º al 5º año: 3 meses
- Desde el 6º año: 6 meses
Cualquier despido durante este período es nulo; el contrato solo puede rescindirse al final del plazo de protección, que comienza desde el primer día de baja. Para cualquier ayuda, contacte Chèque service.
En caso de enfermedad de su emplead@:
Certificado médico
- Debe exigirlo a partir del tercer día de ausencia
- Sin certificado, no está obligad@ a pagar el salario, aunque se recomienda hacerlo
- Para más de 3 días de ausencia: el certificado debe ser enviado a Chèque service
Pago del salario
- El salario se debe si la ausencia está justificada por enfermedad
- Las condiciones de pago dependen de su cobertura:
- Con APGM (seguro de pérdidas gananciales por enfermedad): al menos el 80% del salario habitual según el horario previsto
- Sin APGM (escala de Berna): al 100%, siempre que se haya acordado por escrito
Importante:
- Contacte Chèque service para conocer su tipo de cobertura
- Verifique que el certificado médico haya sido enviado
- Mantenga el contacto con su emplead@ para desearle una pronta recuperación y conocer su fecha de reincorporación
- Comunique la fecha de reincorporación a Chèque service
No, usted está protegid@ contra el despido durante su baja por enfermedad.
La duración de la protección depende de su antigüedad
- 1er año: 1 mes
- Del 2º al 5º año: 3 meses
- Desde el 6º año: 6 meses
Cualquier rescisión durante este período es nula; el contrato solo puede rescindirse al finalizar el plazo de protección, que comienza desde el primer día de baja. Para cualquier ayuda, contacte Cheque service.
Importante :
- Sea proactivo·a y comunique sus certificados médicos
- Al finalizar la baja, ofrezca sus servicios a su empleador·a
Debe respetarse un período de preaviso entre el anuncio y la finalización efectiva del contrato.
Los plazos legales varían según la duración del empleo:
Durante el período de prueba, es decir, durante el primer mes, el plazo de preaviso es de 7 días.
Después del período de prueba
- 1er año: 1 mes de preaviso para el final de un mes
- 2º a 9º año: 2 meses de preaviso para el final de un mes
- A partir del 10º año: 3 meses de preaviso para el final de un mes
Los plazos son idénticos para despidos y renuncias.
Reglas importantes
- La renuncia debe hacerse por escrito - no puede ser implícita
- Informar rápidamente a Chèque service mediante el formulario de rescisión
Por defecto, en el contrato tipo de trabajo de la economía doméstica, se aplica el APGM.
Para verificarlo, puede consultar sus fichas de salario o preguntar directamente a sus empleadores·as. Si no se menciona "APGM", significa que se aplica el acuerdo convenido con su empleador·a.
Importante :
- El APGM se aplica por contrato; solo los contratos con APGM se tienen en cuenta para el cálculo de las indemnizaciones
- Otro sistema es posible, pero debe estar escrito en su contrato
- En caso de duda, contacte Chèque service
En caso de enfermedad o accidente no profesional sin seguro de su emplead@ y cuando la relación laboral haya durado más de 3 meses o se haya establecido por una duración superior a 3 meses, el/la empleador·a está obligad@ a pagar al/a la emplead@ su salario al 100% durante un periodo limitado.
Duración del pago según la antigüedad:
- 1er año (tras 3 meses): 3 semanas de salario
- 2º año: 1 mes de salario
- 3º - 4º año: 2 meses de salario
- 5º - 9º año: 3 meses de salario
- 10º - 14º año: 4 meses de salario
- 15º - 19º año: 5 meses de salario
El derecho al mantenimiento del salario se calcula por año de servicio, cada año da derecho a un nuevo crédito. Estos periodos de incapacidad, si ocurren durante el mismo año de servicio, se acumulan sin generar nuevos derechos. A cada aniversario del contrato del/de la emplead@, la escala de Berna se reinicia.
Importante:
- Esta escala es un mínimo legal. Un seguro de pérdidas gananciales o un contrato de trabajo pueden prever condiciones más favorables.
- En la economía doméstica, para poder aplicar la escala de Berna, debe mencionarse por escrito, idealmente en el contrato de trabajo.
No, el seguro de pérdidas ganancias por enfermedad (APGM), es decir, Helsana, solo paga indemnizaciones diarias a partir del día 31 de enfermedad para compensar su pérdida de salario durante la incapacidad laboral.
Los gastos médicos deben ser enviados a su seguro médico privado. No están cubiertos por el asegurador de pérdida de ganancias Helsana.
No, el seguro de pérdidas ganancias por enfermedad (APGM), es decir, Helsana, solo paga indemnizaciones diarias a partir del día 31 de enfermedad para compensar su pérdida de salario durante la incapacidad laboral.
Los gastos médicos deben ser enviados a su seguro médico privado. No están cubiertos por el asegurador de pérdida de gananias Helsana.
Debe indicarlo pinchando en « salario cero » y mencionando el motivo (vacaciones, ausencia no remunerada, enfermedad, accidente, etc.)
Importante : No es posible indicar "0" horas trabajadas sin especificar un motivo que justifique la ausencia de pago del salario.
En el contrato tipo de trabajo de la economía doméstica, se aplica el APGM.
Para verificarlo, puede consultar su cálculo de cargas. Si no se menciona "APGM" o el monto es cero, probablemente haya renunciado al APGM. En ese caso, deberá remitirse a las condiciones que haya establecido (por ejemplo,"l'échelle de Berne") o sustituir el seguro. En caso de duda, contacte Chèque service.
Importante :
- El APGM se aplica por contrato; solo los contratos con APGM se tienen en cuenta para el cálculo de las indemnizaciones
- Es posible una excepción, pero debe estar escrita en su contrato de trabajo
- No contratar el APGM ni prever una alternativa puede resultar muy costoso (hasta 720 días de pago)
No, su emplead@ no será reemplazad@; le corresponde a usted contratar a alguien si es necesario.
Si contrata a un@ reemplazante, deberá enviarnos un nuevo formulario de inscripción acompañado de una copia de su tarjeta AVS o de un documento de identidad válido.
Importante : El/la reemplazante debe ser declarad@ como cualquier otr@ emplead@. ¡No acepte un@ reemplazante no declarad@!